Dimar aclara que no existe solicitud de privatización de playas en Puerto Gaira, Santa Marta
La Dirección General Marítima informa a la comunidad en general que, conforme al Artículo 166 del Decreto Ley 2324 de 1984, las playas, los terrenos de bajamar y las aguas marítimas son bienes de uso público. Por lo tanto, son intransferibles a cualquier título a particulares, quienes únicamente podrán obtener concesiones, permisos o licencias para su uso y goce, de acuerdo con la ley y las disposiciones establecidas en dicho Decreto. En consecuencia, estos permisos o licencias no otorgan ningún tipo de derecho sobre el suelo ni el subsuelo.
Asimismo, según lo estipulado en el artículo 169 del mismo Decreto, la Autoridad Marítima Colombiana está facultada para otorgar concesiones para el uso y goce de las playas marítimas y los terrenos de bajamar. No obstante, el Artículo 177 establece que la Dirección General Marítima no concederá permisos para la construcción de viviendas en las playas marítimas.
En relación con la información que circula en medios de comunicación sobre una supuesta privatización de playas, en el sector de Puerto Gaira al sur del Rodadero en Santa Marta, la Dirección General Marítima se permite aclarar que, a la fecha, no se ha recibido ninguna radicación de proyecto ni solicitud formal para la concesión marítima de bienes de uso público, para los efectos descritos en medios.
