julio 16, 2026

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Gobierno expidió primera reglamentación integral que regula cierre de minas en Colombia

El Gobierno nacional expidió el Decreto 0742 de 2026, mediante el cual se reglamenta. por primera vez, el cierre de minas en Colombia, estableciendo un marco integral para que toda actividad minera concluya bajo criterios de sostenibilidad ambiental, protección de los derechos laborales, responsabilidad financiera y participación de las comunidades.

Gobierno expidió primera reglamentación integral que regula cierre de minas en Colombia

La nueva reglamentación incorpora al cierre minero como una etapa obligatoria del ciclo de vida de los proyectos, definiendo medidas administrativas, técnicas, sociales, laborales, ambientales y financieras que deberán implementarse desde la fase de explotación hasta el seguimiento posterior al cierre.

También crea diferentes modalidades de cierre —progresivo, temporal, anticipado, final y cierre técnico gradual para pequeña minería y procesos de formalización—, adaptadas a las características de cada proyecto.

“Con este decreto Colombia salda una deuda histórica con el país. El cierre de una mina se convierte en una responsabilidad integral con los trabajadores, las comunidades y los territorios. La transición energética justa también significa garantizar que ningún proyecto abandone pasivos ambientales o sociales, sino que deje oportunidades para el desarrollo sostenible”, afirmó Edwin Palma, ministro de Minas y Energía.

Además, el decreto fortalece la protección de los trabajadores al exigir planes de transición laboral, procesos de concertación con organizaciones sindicales, programas de reconversión productiva, capacitación con el Sena y mecanismos para garantizar el pago de obligaciones laborales y de seguridad social durante los procesos de cierre.

“Por primera vez una reglamentación de cierre minero incorpora de manera expresa la protección de los derechos laborales. Garantizamos mecanismos de transición laboral, reconversión productiva, acompañamiento institucional y vigilancia para que las y los trabajadores sean protagonistas de una transición justa y no las principales víctimas del cierre de una operación minera”, puntualizó Antonio Sanguino, ministro del Trabajo.

La norma también establece que las áreas donde finalice la actividad minera podrán destinarse a proyectos de restauración ecológica, conservación de la biodiversidad, producción agropecuaria sostenible, generación de energías renovables, turismo, infraestructura comunitaria y otras actividades compatibles con el desarrollo territorial.

“El cierre de minas ha sido una deuda histórica del Estado colombiano. Durante décadas, la ausencia de reglas claras dejó pasivos ambientales y sociales que terminaron asumiendo los territorios y las comunidades. En el contexto de la superación del extractivismo, el cierre de minas adquiere una importancia aún mayor”, dijo Irene Vélez Torres, ministra (e) de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Explicó que “por eso, por primera vez el país cuenta con un marco regulatorio que integra las dimensiones ambiental, laboral y minera para planificar el cierre responsable de las actividades extractivas. Además, incorpora la participación activa de las comunidades y promueve una transición productiva y ecológica que permita restaurar los territorios y construir nuevas oportunidades para quienes los habitan”.

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