Desde hoy rige la jornada laboral de 44 horas: lo que deben saber empresas y trabajadores
Desde este lunes entró en vigencia la reducción de la jornada laboral en Colombia, pasando de 47 a 44 horas semanales, como parte de la implementación gradual establecida en la Ley 2101 de 2021. ¿Cómo impacta esta medida a empleadores y trabajadores? ¿Puede haber reducción salarial? ¿Qué pasa con los turnos rotativos? Estas y otras inquietudes las responde el abogado laboralista y magíster en Derecho del Trabajo, Iván Polo Ecker, en entrevista con Centro de Noticias 24
Esta reducción es de obligatorio cumplimiento para los empleadores del sector privado cuyas relaciones laborales estén regidas por el Código Sustantivo del Trabajo (CST).
¿Esta jornada reducida fue incluida en la reforma laboral sancionada este año?
Sí, pero con precisiones importantes.
La reducción progresiva de la jornada semanal a 42 horas, establecida por la Ley 2101 de 2021, fue ratificada por la reforma laboral de 2025, que además modificó el artículo 161 del CST.
El nuevo texto establece expresamente que la jornada máxima diaria será de ocho (8) horas, y que las 42 horas semanales deberán distribuirse en cinco o seis días, garantizando un día completo de descanso obligatorio.
Esto consolida el estándar como norma permanente y refuerza la protección del tiempo de los trabajadores.
¿A quiénes aplica la jornada máxima legal y a quiénes no?
Aplica a los trabajadores del sector privado vinculados por el CST.
No aplica a:
Trabajadores de dirección, confianza y manejo.
Trabajadores que acuerden una jornada especial de 6 horas diarias y 36 semanales, sin derecho a recargos nocturnos ni remuneración en días de descanso obligatorio.
Menores de edad, quienes están sujetos a límites diferenciados por rango de edad.
¿Qué pasa si una empresa necesita que un trabajador labore más de 44 horas semanales?
Ese tiempo adicional solo puede reconocerse como trabajo suplementario. El empleador está obligado a pagar los recargos legales correspondientes, llevar un registro detallado de las horas extras y entregar copia al trabajador si este lo solicita.
No se requiere autorización previa del Ministerio de Trabajo, pero si se comprueba que no se pagan correctamente, la empresa puede ser sancionada e incluso suspendida temporalmente en su facultad de autorizar horas extras.
Además, estas no pueden exceder de 2 horas por día ni 12 por semana, salvo en los sectores de salud y seguridad, que cuentan con normativas especiales.
¿Qué deben tener en cuenta las empresas en este momento?
La jornada de 44 horas semanales es una norma de cumplimiento obligatorio desde hoy.
Las empresas que no la apliquen pueden ser sancionadas por el Ministerio de Trabajo con multas de hasta 5.000 salarios mínimos.
Este cambio exige ajustes inmediatos: revisar y redistribuir turnos, modificar contratos y reglamentos internos, actualizar los sistemas de control horario y ajustar las bases de liquidación de nómina, ya que el valor de la hora ordinaria aumenta. Actuar con previsión y acompañamiento jurídico no solo evita sanciones, sino que protege la estabilidad de la operación empresarial frente a los nuevos estándares laborales.

