Consejo de Estado mantiene en firme el proceso para elegir al nuevo Contralor General
La acción judicial fue promovida por Julio César Castañeda Acosta, quien cuestionó las modificaciones introducidas por la Mesa Directiva del Congreso a la Resolución 005 del 6 de marzo de 2026. Entre los cambios señalados se encuentran ajustes a los criterios de selección, la ponderación de las calificaciones, la incorporación de nuevos factores de desempate y la modificación del cronograma del proceso.
Dentro de sus pretensiones, el demandante pidió que la Universidad de Cartagena realizara una nueva evaluación de los estudios y la experiencia de los aspirantes que aprobaron la prueba de conocimientos. Asimismo, solicitó que se otorgara un plazo adicional para que los candidatos pudieran completar la documentación exigida, incluida la convalidación de títulos obtenidos en el exterior.
También planteó que, una vez efectuado ese nuevo análisis, la Comisión Accidental del Congreso convocara nuevamente las audiencias públicas y entrevistas con el propósito de conformar una nueva lista de diez candidatos elegibles.
No obstante, el alto tribunal concluyó que la demanda no logró demostrar la presunta contradicción normativa alegada. En particular, indicó que el actor no identificó la disposición legal que obligara a presentar la convalidación de títulos extranjeros desde el momento de la inscripción, por lo que no era posible sustentar esa acusación.
Frente a la distribución de puntajes para valorar la experiencia profesional y la experiencia docente, la Sección Quinta recordó que la Ley 1904 de 2018 faculta a la Mesa Directiva del Congreso para organizar la convocatoria y establecer la ponderación de los criterios de selección. En consecuencia, en esta etapa del proceso no encontró evidencia de una vulneración que justificara la medida cautelar solicitada.
Finalmente, el Consejo de Estado precisó que aún no es posible concluir que el Congreso haya excedido sus facultades reglamentarias, ya que ese análisis requiere un estudio de fondo sobre la normativa que regula la educación superior y los programas académicos, con el fin de determinar si la inclusión de los criterios cuestionados se ajusta o no al marco legal vigente.
