Corte Constitucional declara constitucional, la Ley 2273 de 2022, que aprueba el Acuerdo de Escazú
La Corte Constitucional ha determinado que el Acuerdo de Escazú es acorde con la Constitución del país.
Es decir, el acuerdo no infringe ninguna disposición constitucional y, por lo tanto, puede ser implementado sin necesidad de ajustes o consultas adicionales con las comunidades étnicas, lo que subraya su validez legal y la relevancia de su aplicación en temas ambientales.
En su decisión, la Corte explicó que el Acuerdo de Escazú no regula de manera específica aspectos que impacten directamente a las comunidades étnicas, sino que busca la implementación plena y efectiva de los derechos de acceso en temas ambientales. Asimismo, el tribunal determinó que este acuerdo no está sujeto a la reserva de ley estatutaria, la cual regula los derechos fundamentales y requiere un trámite especial.
